
Conoce la nueva resolución del Ministerio de transporte, haz Clik en el enlace e infórmate que partir del 22 de marzo del 2018, según lo establece la resolución 00718 del Ministerio de Transporte en su articulo 6 Parágrafo 1. lo siguiente: Los SAST (Sistemas Automáticos o Semiautomáticos y Tecnológicos de Transito) solo podrán posicionarse en sitios que hagan parte de
la infraestructura vial respetando lo dispuesto en la Ley 1228 de 2008, de
modo que no procederá su instalación en colinas, viviendas u otros
equipamientos aledaños, ni podrán operarse en vehículos en movimiento,
con excepción de la detección aérea.
https://www.mintransporte.gov.co/descargar.php?idFile=16181
Entre otras novedades establece esta Resolución en el articulo 12. Validación del comparendo. La validación del comparendo, a
la que hace referencia el artículo 8 de la Ley 1843 de 2017, deberá realizarse,
a más tardar, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la ocurrencia
de la infracción.